(y eso es algo muy positivo)
Muchas personas piensan que, si una vivienda en España se puede alquilar a turistas, automáticamente se convierte en una vivienda turística. Pero no es así. Una vivienda con licencia de alquiler sigue siendo simplemente una vivienda con uso residencial, aunque se pueda alquilar perfectamente por Airbnb, Booking u otras plataformas.
Y ese matiz es mucho más importante de lo que parece, porque determina qué impuestos pagas, si puedes vivir en ella libremente, si Hacienda te considera particular o explotador turístico, e incluso si el banco te permite hipotecarla como vivienda.
Si compras un apartamento, chalet o bungalow con uso residencial (uso vivienda), compras una vivienda.
Da igual si la usas para vivir, para pasar temporadas o si la quieres alquilar a turistas: sigue siendo vivienda.
Aunque solicites y obtengas una licencia de uso turístico (número VT), la naturaleza jurídica de la vivienda no cambia.
Continúa siendo uso residencial, y Hacienda te sigue viendo como propietario particular, no como empresa.
Significa que tienes libertad.
Puedes:
Vivir en la vivienda cuando quieras
Alquilarla a turistas o no alquilarla nunca
Combinar uso privado y alquiler sin limitaciones
No tienes obligación de explotar la vivienda
No estás obligado a darte de alta como empresa
No pagas el 21% de IVA, sino el 10% (IVA o ITP)
En resumen:
Alquilas como particular, no como explotador turístico.
Porque una vivienda con uso residencial y licencia turística te permite todo tipo de uso sin perder derechos: vivir, alquilar, dejarla vacía, usarla como segunda residencia, o incluso convertirla en tu residencia principal más adelante.
Eso no ocurre con los alojamientos con uso turístico (vivienda turística registrada como alojamiento turístico-hotelero). Esos tienen otras reglas, otros impuestos y, a veces, incluso obligación de alquilar o limitación de uso privado.
Porque se utiliza la palabra “vivienda turística” de forma incorrecta.
Hay viviendas que tienen licencia turística, pero no son una “vivienda turística” jurídicamente hablando.
Vivienda con licencia turística = vivienda residencial que puede alquilarse legalmente.
Vivienda turística (uso turístico) = alojamiento turístico-comercial, no vivienda, con tratamiento fiscal diferente.
Son dos conceptos totalmente distintos, pero se confunden constantemente.
Tener licencia turística no convierte tu vivienda en una vivienda turística.
Sigue siendo una vivienda con uso residencial, con toda la libertad para usarla o alquilarla sin perder su naturaleza ni pagar el 21% de IVA.